Rendición de Cuentas 2022

Rendición de Cuentas 2022

Estructura Orgánica Funcional

Directorio de la Institución
Participación Ciudadana

Art. 13 DE LA ASAMBLEA GENERAL.- Es el máximo organismo de funcionamiento y estará integrada por el Presidente de la institución quien presidirá y por los Presidentes de Federaciones Deportivas Provinciales o sus delegados. Esta Asamblea podrá invitar a dirigentes deportivos, quienes solo tendrán voz informativa.

La Asamblea General estará facultada para tratar temas de relevancia deportiva, financiera, social y administrativa solicitada previamente por escrito con el respaldo del 70% de las filiales, quienes deberán obligatoriamente concurrir a la Asamblea solicitada, siendo este requisito obligatorio. Caso contrario se desestimará y no se podrá volver a solicitar el mismo tema sin que transcurra por lo menos un año de realizada la primera petición.

De ninguna manera se podrá proponer la cesación del fuero gremial que gozan sus dirigentes deportivos para lo que fueron elegidos.

 

Indicadores de Gestión
Mecanismos de Participación Ciudadana

ANÁLISIS DE ENCUESTAS DE SATISFACCIÓN

Respaldo de Participación Ciudadana

Buzón de sugerencias/Contactos

Diseño de la Propuesta

Fedenador se rige a los estándares indicados por el Ministerio del Deporte acorde a los siguientes lineamientos

Evaluación de la Gestión Institucional

La Coordinación de Planificación del Ministerio del Deporte, solicita cada semestre el informe de ejecución de la Planificación Operativa Anual e informe de la gestión presupuestaria. Se adjunta copia de los oficios con el detalle de sus anexos que fueron enviados a la Planta Central del Ministerio del Deporte en cumplimiento al Reglamento a la Ley del Deporte.

Documentos que respaldan la  Evaluación de la Gestión Institucional 2022

Rendición de Cuentas a la Ciudadanía. Enero a Diciembre 2022
Aportes Ciudadanos
Acta Compromiso Presidente

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Objetivo de la institución

El artículo 41 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, establece lo siguiente:

Deberes.- Son deberes de la FEDENADOR los siguientes:
a) Asesorar y capacitar a los departamentos técnico – metodológicos de las Federaciones Deportivas
Provinciales en lo referente a la teoría y metodología del entrenamiento deportivo de acuerdo a la
reglamentación técnica dictada por el Ministerio Sectorial;
b) Ingresar y mantener actualizado el registro nacional estadístico de los organismos deportivos
vinculados al deporte formativo y demás datos pertenecientes a su función, debiendo alimentar
periódicamente dicha información al Ministerio Sectorial y al sistema nacional de información
deportiva;
c) Cooperar con las Federaciones Deportivas Provinciales, la constitución y desarrollo armónico de
las escuelas de iniciación deportiva (para talentos deportivos) para garantizar el desarrollo sostenido
del deporte ecuatoriano; y,
d) Las demás establecidas en esta Ley y normas aplicables.

Dirección Administrativa Financiera

Documentos de respaldo de la Dirección Administrativa Financiera

Cedula Gastos Enero-Diciembre 2022

Presupuesto de la institución diciembre 2022

Balance 2022

LOTAIP Art. 7 literal j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;
NO APLICA

LOTAIP Art. 7 literal n) Los viáticos, ¿informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos;
NO APLICA 

Dirección Talento Humano

LOTAIP Art. 7 literal b) Distributivo de personal

c) la remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;

NÓMINA FEDENADOR

e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;

CONTRATO COLECTIVO FEDENADOR / NO APLICA

 

 

Informe Anual LOTAIP - 2022
Llenado de Formulario de Informe
Entrega del Informe Preliminar de Rendición de Cuentas