Rendición de Cuentas 2022
3 de mayo de 2023 2023-06-28 17:59Rendición de Cuentas 2022
Marco Legal
Constitución de la República del Ecuador
Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a
la Información Pública (LOTAIP)
Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública (LOSNCP)
Ley Orgánica de la Contraloría General del
Estado
Ley Orgánica Justicia Laboral y
Reconocimiento del Trabajo en Hogar
Ley del Deporte, Educación, Física y
Recreación
Reglamento de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública
(LOSNCP)
Reglamento de la Ley Orgánica de la
Contraloría General del Estado
Reglamento Sustitutivo al Reglamento
General de la Ley del Deporte, Educación
Física y Recreación
Estructura Orgánica Funcional
Directorio de la Institución
Participación Ciudadana
Art. 13 DE LA ASAMBLEA GENERAL.- Es el máximo organismo de funcionamiento y estará integrada por el Presidente de la institución quien presidirá y por los Presidentes de Federaciones Deportivas Provinciales o sus delegados. Esta Asamblea podrá invitar a dirigentes deportivos, quienes solo tendrán voz informativa.
La Asamblea General estará facultada para tratar temas de relevancia deportiva, financiera, social y administrativa solicitada previamente por escrito con el respaldo del 70% de las filiales, quienes deberán obligatoriamente concurrir a la Asamblea solicitada, siendo este requisito obligatorio. Caso contrario se desestimará y no se podrá volver a solicitar el mismo tema sin que transcurra por lo menos un año de realizada la primera petición.
De ninguna manera se podrá proponer la cesación del fuero gremial que gozan sus dirigentes deportivos para lo que fueron elegidos.
Indicadores de Gestión
Mecanismos de Participación Ciudadana
ANÁLISIS DE ENCUESTAS DE SATISFACCIÓN
Respaldo de Participación Ciudadana
Buzón de sugerencias/Contactos
Diseño de la Propuesta
Fedenador se rige a los estándares indicados por el Ministerio del Deporte acorde a los siguientes lineamientos
Evaluación de la Gestión Institucional
La Coordinación de Planificación del Ministerio del Deporte, solicita cada semestre el informe de ejecución de la Planificación Operativa Anual e informe de la gestión presupuestaria. Se adjunta copia de los oficios con el detalle de sus anexos que fueron enviados a la Planta Central del Ministerio del Deporte en cumplimiento al Reglamento a la Ley del Deporte.
Documentos que respaldan la Evaluación de la Gestión Institucional 2022
Rendición de Cuentas a la Ciudadanía. Enero a Diciembre 2022
Rendición de Cuentas 2022
Aportes Ciudadanos
Acta Compromiso Presidente
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Objetivo de la institución
El artículo 41 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, establece lo siguiente:
Deberes.- Son deberes de la FEDENADOR los siguientes:
a) Asesorar y capacitar a los departamentos técnico – metodológicos de las Federaciones Deportivas
Provinciales en lo referente a la teoría y metodología del entrenamiento deportivo de acuerdo a la
reglamentación técnica dictada por el Ministerio Sectorial;
b) Ingresar y mantener actualizado el registro nacional estadístico de los organismos deportivos
vinculados al deporte formativo y demás datos pertenecientes a su función, debiendo alimentar
periódicamente dicha información al Ministerio Sectorial y al sistema nacional de información
deportiva;
c) Cooperar con las Federaciones Deportivas Provinciales, la constitución y desarrollo armónico de
las escuelas de iniciación deportiva (para talentos deportivos) para garantizar el desarrollo sostenido
del deporte ecuatoriano; y,
d) Las demás establecidas en esta Ley y normas aplicables.
Dirección Administrativa Financiera
Documentos de respaldo de la Dirección Administrativa Financiera
Cedula Gastos Enero-Diciembre 2022
Presupuesto de la institución diciembre 2022
LOTAIP Art. 7 literal j) Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;
NO APLICA
LOTAIP Art. 7 literal n) Los viáticos, ¿informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos;
NO APLICA
Dirección Talento Humano
LOTAIP Art. 7 literal b) Distributivo de personal
c) la remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;
e) Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;
CONTRATO COLECTIVO FEDENADOR / NO APLICA